lunes, 30 de abril de 2018

SÍ: Las Sentencias del Tribunal Supremo serán acatadas... por la Audiencia Provincial de Las Palmas.



  
                SÍ:
                En Primera Instancia me han dado lo que el Tribunal Supremo definitivamente me ha quitado.  No a mí personalmente. Sino al resto de ciudadanos, en su mayoría hipotecados.
               
                A mí profesionalmente también, por supuesto, me ha reducido honorarios.
               
                Pero lo peor es que también en éste caso, como ocurrió con la Cláusula Suelo, el  Tribunal Supremo ha decidido interpretar a favor de los Bancos; CUANDO POR EL CONTRARIO, CLARO QUE ES POSIBLE FALLAR A FAVOR DEL CONSUMIDOR, TAMBIÉN EN ÉSTE CASO, y concretamente también cómo no, respecto del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que es precisamente el más cuantioso entre todos los gastos.

                Y ¡cómo no!,...
... las Sentencias de 15 de Marzo del Tribunal Supremo son y serán acatadas por la Audiencia Provincial de Las Palmas. Ya ésta, en su última Sentencia, de 3 de abril, lo ha hecho.

Conforme en mi último artículo expuse.

Aunque yo no.
No estoy de acuerdo.
Aunque el detalle del por qué lo profundizaré en los artículos venideros.

                Directamente relacionado con el referido último artículo, del mes pasado... Y siendo un adelanto lo ya expuesto, en éste, en aquél y en todos ellos escritos contra ellos porque... 
... ya me lo temía...,
y ¡verse venir!!!, se veía...,
                ... No en el Tribunal Supremo me quedaría sino que al Tribunal Europeo llegaría,...
(... y porque me obligan.) Pero no. No claudico.
Aunque sí: cobro. Por mi trabajo.
Y... sí: cierto: entre más tengo que trabajar... más quiero cobrar.