lunes, 4 de mayo de 2015

LA DISTINCIÓN. Parte I.

Ø  "La Distinción entre...
... los Intereses del Cliente y los de su propio Abogado".


            Se trata de una difícil distinción para el cliente por imperceptible cuando se encuentra "inmerso" en "su" problema, que puede acarrear relevantes consecuencias en distintos ámbitos o aspectos.

            "Más vale un mal acuerdo que un buen juicio" ... Tampoco. Pero lo que sí es cierto es lo que a continuación expongo:
            SIEMPRE, VALE LA PENA, INTENTAR NEGOCIAR ANTES DE EJERCER ACCIONES JUDICIALES.

           Siendo Uno el que reclama a Otro, a dichos efectos se ha de valorar, en cualquier caso, el tiempo que transcurrirá durante la tramitación de un procedimiento judicial, desde la interposición de la Demanda hasta... no sólo la obtención de Sentencia,... sino durante la Ejecución de la misma,... hasta el posible embargo de bienes en caso de que el condenado no cumpla voluntariamente, como ocurrirá en la mayoría de los casos; y en ocasiones, lo peor es la "imposibilidad legal" de conseguir finalmente el cobro de condenas dinerarias por carecer el ejecutado, "formalmente", de bienes con las que hacerlas efectivas  y obtener así, la satisfacción "real" de tus intereses.

            Por tanto, cierto que en ocasiones se te podrá asegurar altas posibilidades de éxito, incluso, los Abogados más osados, "garantizártelas", entendiendo por éxito una Sentencia "Favorable", que efectivamente, podrás "enmarcar", pero no ejecutar, cosa bien distinta.
           
            Y también es cierto  que podrás estar "detrás" del ejecutado "toda la vida", a ver si... consigue mejor fortuna! con la que cobrar tu crédito, ese que tienes ya declarado por Sentencia Firme. Pero... para todo ello... también tendrás que pagar más.

            Y digo "pagar más" porque normalmente y aquí radica la distinción, el Abogado cobra sus honorarios, sagrados según yo los entiendo, por su trabajo, como lo son la retribución al trabajo que sea y de quien se trate;  y  los procedimientos judiciales conllevan, obviamente, más trabajo y también, consecuentemente, mayores honorarios para el Abogado a retribuir por el cliente, que, quizás, de no optar por la vía rápida de la acción judicial, vería sin embargo, "mejor" satisfechos sus intereses habiendo llegado a un razonable acuerdo de pago con la parte contraria, que empiece a pagar rápidamente, aunque sea poco a poco. Y digo "razonable", en atención a los intereses en juego,  que se han da ponderar, en cada caso concreto, ya que NUNCA hay dos iguales.

            Por tanto,...
 ... además del tiempo que, insisto que, en cualquier caso, habrá de transcurrir,...
... se debe valorar:
Ø  las posibilidades de alcanzar un Acuerdo abriendo la oportuna vía extrajudicial de negociación;
Ø  lo que le cobra el Abogado por esa negociación previa, y por ambos Procedimientos Judiciales:
1º el "declarativo", previo, para la obtención de Sentencia  que reconozca tu derecho; y ...
2º el posterior "ejecutivo", para intentar el cobro efectivo si el demandado no cumple voluntariamente la Sentencia condenatoria;

Ø  y finalmente, en caso de posibilidad de Acuerdo, valorar las propuestas que puedan llegar a barajarse, para sobre ellas, poder realizar una oportuna ponderación de lo que pierde y lo que gana, realmente. O mejor dicho, qué pierde a cambio de lo que gana con el Acuerdo. Porque...

... lo que sí que es cierto, en la mayoría de los casos (por no decir que en todos), es que "más vale pájaro en mano que ciento volando". Y es preferible rebajar una cantidad de dinero para concluir un Acuerdo, antes de tener que pagárselo al Abogado para que te reclame la cantidad íntegra debida, máxime si encima, ni después de una Sentencia Estimatoria podrás cobrarla; siendo necesario un posterior procedimiento ejecutivo, que se cobra aparte, para ni siquiera poder practicar embargo de bienes por inexistencia o insuficiencia... "formal".    

            Conclusión: Preguntar. Proponer. Pedir asesoramiento, en todos los aspectos, abordando todas las posibilidades existentes para su OPORTUNA PONDERACIÓN Y TOMA DE DECISIÓN. 

             Así, al menos, obtendrá satisfacción real, en la seguridad de que su Abogado ha hecho todo lo mejor posible que se podía, EN SU SITUACIÓN, ATENDIENDO A SUS INTERESES, y no a los propios, que es una deformación profesional, que se puede llegar... incluso a comprender en "estos tiempos que corren" pero que hacen perder, a la profesión, su esencia. Porque, el cliente, muchas veces, "inmerso en su problema", no tiene ni la capacidad de discernir qué es verdaderamente lo mejor para él, y es el Abogado el que debe advertir, con ética profesional. Estamos para eso. Y,... ESA ES NUESTRA PROFESIÓN. "CON DISTINCIÓN".


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